Por la tranquilidad de las noches sanandrescanas Ayuntamiento regula horarios de bares

  • Respaldan la iniciativa los principales distribuidores de cerveza y ultramarinos del municipio.

San Andrés Tuxtla, Ver.- En apego al reglamento sobre bebidas alcohólicas que se aplica en el Estado de Veracruz, la administración municipal que preside Octavio Pérez Garay ha dispuesto atender la solicitud ciudadana de regular los horarios de bares y cantinas, para disminuir los índices de alcoholismo y devolver la tranquilidad a las noches sanandrescanas.

“Amigas y amigos, atendiendo una solicitud ciudadana y con el respaldo de los principales distribuidores de cerveza y las dos cadenas más importante de ultramarinos, hemos decido aplicar el reglamento estatalsobre bebidas alcohólicas, que permite la venta de estas, de las 8 de la mañana a las 2 de la mañana del siguiente día; los resultados de esta decisión los veremos reflejados en gran medida en la tranquilidad de las noches sanandrescanas”, detalló el munícipe.

En su mensaje a la población y comercios que se suman a esta iniciativa, Tavo Pérez añadió que “si como ciudad pretendemos ser mejores, debemos de tomar acciones para ser mejores, y lo importante es que lo hagamos juntos. Muchas gracias por su apoyo.”

De acuerdo con el Reglamento sobre bebidas alcohólicas para el Estado deVeracruz de Ignacio de la Llave, es su Capitulo Cuarto, “De las autorizaciones”, se refiere en el Artículo 22 que:“La Secretaría de Salud, por conducto de Servicios de Salud de Veracruz, podrá celebrar con los Ayuntamientos del Estado de Veracruz, acuerdos de colaboración, en materia de procuración del alcoholismo y corrupción por consumo de alcohol de conformidad con el artículo 177 Nonies de la Ley de Salud, para el control y vigilancia de horarios de funcionamiento a los establecimientos que expendan o suministren bebidas alcohólicas.”

Esta medida permite regular los horarios y evitar incidentes y faltas administrativas al bando de policía y buen gobierno, tal como queda expuesto en dicho reglamento.

Además, en el Artículo 24, se establece que en el caso de otro tipo de negocios donde se expendan bebidas alcohólicas, habrá restricciones.Art. 24: “Los restaurantes no podrán vender bebidas alcohólicas sin el consumo de alimentos. Debiendo colocar en lugar visible del establecimiento el lema donde se consigne esta prohibición, asimismo, deberá señalarse que el consumo de las mismas no podrá exceder el horario de cierre, aun cuando se encuentre el restaurante a puerta cerrada.”

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